Registro

Vigente
si
Número
20
Fecha
24/04/2023
Año
2023
Tema
DIA PROVINCIAL DE LA DEMOCRACIA PAMPEANA
Texto
Visto: La Ley Provincial Nº 3516 la cual fue sancionada el 23 de marzo del corriente, promulgada a través del Decreto Nº 840/23 y publicada en el Boletín Oficial Nº 3570 correspondiente a la edición del día 12 de mayo pasado, y Considerando: Que a instancias de la citada Ley se instituyó al 12 de abril de cada año calendario como el DIA PROVINCIAL DE LA DEMOCRACIA PAMPEANA. Que ello tiene que ver con que el 12 de abril del año 1953 fueron las primeras elecciones generales para elegir autoridades provinciales una vez concluida la provincialización. Que la provincialización del Territorio Nacional de La Pampa fue un proceso que se dilató en el tiempo, a punto tal que ello terminó siendo sumamente perjudicial para el conjunto de los pampeanos. Que, en efecto, en el mes de agosto del año 2019, bajo el gobierno del por entonces Presidente Hipólito Yrigoyen, el Poder Ejecutivo Nacional remite al Congreso de la Nación el Proyecto de Ley que ordenaba provincializar lo que hasta ese entonces era el Territorio Nacional de La Pampa. Que ya en el Censo de diciembre del año 1903 el Territorio Nacional de La Pampa tenía 155.133 habitantes, un 51,16% más que en el año 1895. Que a principios del Siglo XX el Territorio Nacional de La Pampa era el más poblado y próspero de toda la Nación Argentina. Que, debido a rencillas políticas, sustentadas en intereses contrapuestos, la Provincialización llega recién el 8 de agosto del año 1951 con la Promulgación de la Ley Nº 14.037. Que las dilaciones en el proceso de provincialización nos terminaron costando a todos los pampeanos un río y la virtual desaparición, de lo que hasta el momento previo a la construcción de la represa El Nihuil, era la Cuenca del Río Desaguadero – Salado – Chalideuvú – Curacó. Que si la Provincialización se hubiera concretado en el año 1919, seguramente nuestros representantes en el Congreso de La Nación hubieran resistido la aprobación de lo que fue la Ley Nacional Nº 12.650 a través de la cual se autorizó y financió la construcción del embalse del Río Atuel. Que luego de la provincialización del año 1951 y la constituyente del año 1952, sobrevino la elección del año 1953 a través de la cual se eligió el Primer Gobernador por el voto de los ciudadanos de la Provincia. Que como ello aconteció un 12 de abril, es que se toma dicho día para celebrar el DIA PROVINCIAL DE LA DEMOCRACIA PAMPEANA. Que el apartado 38 del artículo 36 de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento Nº 1597 autoriza al Concejo Deliberante a aprobar los términos de la presente. Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º.- Acompáñese y difúndase los alcances de la Ley Provincial Nº 3516 a través de la cual se instituye al 12 de abril de cada año como el DIA PROVINCIAL DE LA DEMOCRACIA PAMPEANA. Artículo 2º.- Comuníquese, regístrese en la Carpeta de Ordenanzas del Concejo Deliberante y pase al Departamento Ejecutivo Municipal, para sus demás efectos. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 20/23 Por lo tanto: Téngase por Promulgada y Registrada como Ordenanza Municipal Nº 20/23 a partir de la fecha. En General San Martín, a los 24 días del mes de mayo de 2023-   RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 756/23