Registro

Vigente
si
Número
21
Fecha
24/04/2023
Año
2023
Tema
LEY DE CREACIÓN DEL PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Nº 27.709
Texto
Visto:              La sanción y posterior promulgación de la LEY DE CREACIÓN DEL PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Nº 27.709, que fuera publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.162 correspondiente a la edición del 3 de mayo del corriente, y Considerando:              Que Lucio Abel Dupuy fue un niño brutal y cruelmente asesinado por su madre, Magdalena Esposito Valenti y su pareja, Abigail Páez. Que el pequeño Lucio era un niño que supuestamente estaba contenido por los dispositivos institucionales de la niñez, ya que concurría a un jardín de infantes en Santa Rosa. Que, en efecto, Lucio ingresó cinco veces a la guardia del hospital durante el lapso de tres meses; con politraumatismos en todas las ocasiones. Que a pesar de ello, el Estado no supo o no pudo cuidarlo dado que nunca se dio un alerta ni tampoco se hizo una denuncia. Que como Lucio no es el único niño víctima de la omisión de la acción del Estado, en el marco de una situación de violencia familiar, vale recordar en este sentido los casos de Abigail en Santa Cruz, Tahiel en Entre Ríos y Salomón Neuquén, fue que se avanzó con la aprobación de la tan mentada Ley Lucio. Que la LEY DE CREACIÓN DEL PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Nº 27.709 plantea avanzar sobre tres herramientas principales para tener una verdadera política de la niñez: las capacitaciones, la concientización y a la reserva de identidad del denunciante. Que considero indispensable que el Concejo Deliberante manifieste su beneplácito por la aprobación de la citada Ley, aguardando así con expectativa el tratamiento del proyecto de ley de adhesión por parte de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la misma.   Por ello:  

EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

  Artículo 1º.- Manifestar beneplácito por la sanción y promulgación de la LEY DE CREACIÓN DEL PLAN FEDERAL DE CAPACITACIÓN SOBRE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Nº 27.709, que fuera publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.162 correspondiente a la edición del 3 de mayo del corriente. Artículo 2º.- Establézcase que el Concejo Deliberante aguarda con expectativa que la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa avance con el tratamiento del Proyecto de Ley de adhesión a la citada Ley, tal como lo consagra su artículo 13, para poder así sancionar la correspondiente Ordenanza Municipal en el mismo sentido. Artículo 3º.- Comuníquese, regístrese en la carpeta de Ordenanzas del Departamento Deliberativo y pase al Departamento Ejecutivo Municipal para sus demás efectos.    ORDENANZA MUNICIPAL Nº21/23 Por lo tanto: Téngase por Promulgada y Registrada como Ordenanza Municipal Nº21/23 a partir de la fecha. En General San Martín, a los 24 días del mes de mayo de 2023-   RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 757/23